El vendedor de la propiedad debe ser un ciudadano turco; son válidos los bienes que no han sido propiedad de personas extranjeras desde el 12.01.2017.
Tanto los bienes inmuebles como una participación en un fondo de inversión no pueden enajenarse antes de los tres años posteriores a la obtención de la ciudadanía. Sin embargo, el bien puede permanecer en alquiler.
En el caso de un depósito en un banco turco, el plazo del depósito también debe ser de al menos tres años.